Con 266 votos a favor emitidos por la bancada morenista y sus aliados, la Cámara de Diputados aprobó este martes una reforma que otorga a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) la posibilidad de congelar cuentas bancarias sin previa resolución judicial.
De acuerdo a la reforma, el congelamiento de cuentas bancarias se realizará cuando existan indicios de financiamiento al terrorismo o de operaciones con recursos de procedencia ilícita.
#ÚltimaHora El Pleno aprueba reformar la denominación del Título Quinto y adicionar un capítulo V a dicho título de la Ley de Instituciones de Crédito, en materia de garantía de audiencia de personas incluidas en la lista de personas bloqueadas. Se turna al Ejecutivo federal. pic.twitter.com/Aij90pv3u5
— Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) February 15, 2022
La minuta que fue enviada con cambios por el Senado de la República y que fue remitida al Ejecutivo para su promulgación. Esta minuta detalla que cuando una persona haya sido incluida en la lista de personas bloqueadas podrá solicitar garantía de audiencia.
Los cambios a la fracción I del artículo 116 Bis 2, establecen que “previa solicitud del interesado, se le otorgará audiencia para que, dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al que la institución de crédito correspondiente le hubiera notificado los fundamentos, causa o causas de su inclusión en la lista de personas bloqueadas y manifieste por escrito o de manera verbal lo que a su interés convenga, ofrezca pruebas y formule alegatos”.
De la coalición morenista, solo la diputada Lidia García Anaya votó en contra de la iniciativa. De igual manera lo hicieron los legisladores del PAN, PRI, PRD y Movimiento Ciudadano que emitieron 219 votos en contra.
Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Hacienda, Luis Armando Melgar, del Partido Verde Ecologista, destacó que esta reforma respeta los derechos procesales de las personas. Esta afirmación no fue compartida por la oposición que aseguró que esta reforma tiene dedicatoria, viola los principios de seguridad jurídica y garantía de audiencia.
