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Suprema Corte está del lado de las víctimas: Margarita Ríos Farjat

Una Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cercana a las víctimas y que reduce los casos que le son turnados tras la Reforma Judicial, fue parte de lo que destacó la ministra Margarita Ríos Farjat al presentar su informe al frente de la Presidencia de la Primera Sala durante el 2021.

La ministra comentó que la reforma aprobada en marzo pasado ya representó su primera reducción en los expedientes que fueron turnados, al menos en lo que corresponde a la Primera Sala que ella preside.

Ríos Farjat precisó que debido a la pandemia por Covid-19, la SCJN interrumpió en el 2020 los plazos judiciales, sin embargo, entre los casos que ingresaron a la Sala en  2019 y los de 2021 sí existe una reducción de más del 50 por ciento, lo cual es atribuible a la Reforma Judicial.

“Por eso acudimos a 2019, y tenemos que se informó el ingreso de 2,842 expedientes. En contraste, reitero que en 2021 fueron 1,363 asuntos, esto equivale a un 52% menos asuntos. Es cierto que en 2021 la justicia mexicana sigue adaptándose a una nueva normalidad, pero no se puede negar que comienza a reflejarse el impacto de esa reforma judicial en la estadística”, dijo la ministra.

En su informe destacó que en este 2021 la Primera Sala resolvió mil 624 asuntos y de 136 tesis aprobadas, 83 son de jurisprudencia y 53 aisladas. Dijo que al inicio de 2021 la Sala tenía 552 asuntos pendientes y este año dejará 419, de los cuales, 292 ya están en ponencia y 127 aún permanecen en trámite.

La ministra retomó algunos amparos que han llegado a la Primera Sala, y que se resolvieron a favor de las víctimas, desde asuntos de desaparición forzada, violencia doméstica, violencia obstétrica, discriminación contra personas con discapacidad y por preferencia sexual.

En el caso de de desaparición forzada, dijo que se reconoce el derecho humano de las víctimas de desaparición forzada a ser buscadas. Se trata de un  derecho que la propia ONU había considerado, en un informe de 2019, como “un tanto disperso y poco desarrollado, no obstante su fundamental importancia para las víctimas de este crimen atroz”, explicó la ministra.

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Ríos Farjat resaltó que en este apartado, también se determinó que negar la obligatoriedad de las acciones urgentes dictadas por el Comité en competencia e impedir que su cumplimiento sea revisado judicial y constitucionalmente, “restringe un mecanismo de fuente convencional y encaminado a garantizar la búsqueda urgente”.

“Además de estas consideraciones, en la Primera Sala decidimos realizar una exhortación en el sentido que, dada la gravedad y extensión del fenómeno de la desaparición forzada de personas en nuestro país, es necesario que todas las autoridades de búsqueda, procuración e impartición de justicia del Estado mexicano se comprometan en la búsqueda diligente, exhaustiva y eficiente de las personas reportadas como desaparecidas”. 

Otro de los logros obtenidos por la magistrada es el haber declarado la inconstitucionalidad de un amparo directo en revisión  670/2021 del Estado de México que establecía a las enfermedades crónicas e incurables, contagiosas o hereditarias, como impedimento para unirse en matrimonio o concubinato.

“El asunto tuvo su origen en un juicio civil donde una persona solicitó el reconocimiento de concubinato a la sucesión de quien en vida fuera su pareja durante 12 años, a fin de acceder a los derechos hereditarios. Se había negado esa petición porque la persona fallecida padecía el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA) y no existía consentimiento por escrito”, mencionó.

La pandemia por Covid-19 retrasó el trabajo en la SCJN. Foto: Especial.

Ríos Farjat también analizó asuntos que corresponden a la protección al medioambiente  y el desarrollo sustentable. En el amparo en revisión 1023/2019, la ministra analizó una medida precautoria dictada en una acción colectiva.

“En esa acción colectiva se suspendió, de manera provisional, la emisión de permisos comerciales para liberar al ambiente organismos genéticamente modificados de maíz, y se restringió la emisión de permisos experimentales para proteger al medio ambiente y a la diversidad de maíces nativos. La Sala analizó la suspensión y resaltó su carácter provisional, avalándola al considerar que, además de que podía causarse un daño irreversible al medioambiente, existe incertidumbre científica acerca de los riesgos y los daños. Por eso la suspensión es necesaria y basta atisbar la posibilidad de riesgos irreversibles para decretarla mientras se resuelve de fondo la acción promovida”, explicó.

Finalmente, la ministra, resaltó que como  parte de un correcto balance de poderes en un régimen democrático, la Primera Sala determinó en el amparo de revisión 41/2020 invalidar el programa “Mochila segura” por no contar con un marco legal que lo sustentara y estableciera reglas claras para llevarse a cabo.

“Esto no impide que, en casos justificados y bajo sospecha razonable, en las escuelas puedan existir intervenciones cuando se haya cometido un delito o esté por cometerse, o se coloque a la comunidad escolar en un riesgo o peligro inminente”, añadió.

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1 Comentario

1 Comentario

  1. Avatar

    Felipe Báez

    13 diciembre, 2021 at 9:28 pm

    Es alentador que ante el cúmulo de expedientes, un juez demuestre su interés y capacidad para el cargo que ocupa.

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