La Suprema Corte de Justicia de la Nación reafirmó que el decreto que establece como Área Natural Protegida la zona del Lago de Texcoco constituye una medida válida para regular el uso de la propiedad y ciertas actividades productivas, al estar orientado a la preservación, restauración y aprovechamiento sustentable de los ecosistemas en protección del derecho a un medio ambiente sano. El Pleno resolvió el Amparo en Revisión 530/2025 en su sesión del 30 de abril, con lo que el blindaje ambiental sobre las más de 14 mil hectáreas ubicadas en cinco municipios del Estado de México quedó ratificado en sede judicial.
” La posesión, bajo el esquema del derecho de propiedad social en nuestro país, es muy similar a la propiedad y se reconoce en el proyecto”, expresó el ministro presidente Hugo Aguilar Ortíz.
El caso fue promovido por un grupo de personas propietarias y poseedoras de inmuebles dentro del polígono protegido, localizadas en municipios del Estado de México, quienes señalaron afectaciones a sus actividades económicas y reclamaron la falta de reconocimiento de compensaciones previstas en el artículo 45 Bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

“Juan Hernández camina en la Ciénaga de San Juan para recolectar ahuautle (hueva de mosco)”. Foto: Duilio Rodríguez/Pié de Página
El juzgado de distrito había hecho una suspensión al proceso del amparo al considerar que los quejosos carecían de interés legítimo, sin estudiar la prueba pericial en topografía que acreditaba que sus inmuebles se encuentran dentro del polígono del decreto.
Al resolver, la SCJN concluyó que sí existe interés legítimo y ordenó al juzgado de distrito analizar el fondo del amparo. Con ello, la Corte no solo sostiene la validez constitucional de la protección ambiental, sino que también exige que las restricciones derivadas de la declaratoria incluyan la valoración de los mecanismos legales de protección económica para las personas afectadas, entre ellos los estímulos fiscales y retribuciones económicas contemplados en la legislación ambiental.























