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Mandan a volar amparos que buscaban revivir las pensiones doradas

Fueron desechados los primeros amparos contra la reforma de la Presidenta Claudia Sheinbaum para reducir las pensiones de jubilados de paraestatales y la banca de desarrollo, conocidas como “pensiones doradas”.

Y es que los jueces Primero, Cuarto y Décimo Sexto de Distrito en Materia Administrativa, se negaron admitir tres demandas, porque desde noviembre de 2024, la propia Constitución prohibe expresamente impugnaciones a sus reformas por medio de amparos.

El golpe llega mientras la reforma constitucional ya limita estas pensiones a un máximo ligado al salario presidencial: nadie puede ganar más del 50 por ciento de los poco más de 2 millones de pesos netos anuales que percibe la Presidenta.

En marzo, la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno lanzó una lista con lo nombres de quienes reciben pensiones doradas pagadas con dinero público.

Se trata de ex trabajadores de Petróleos Mexicanos (Pemex), Comisión Federal de Electricidad (CFE) y la extinta Luz y Fuerza del Centro. Entre las pensiones doradas que todavía se pagan con dinero público, destacan, por ejemplo, la de Carlos Arturo Sánchez Magaña (Pemex): $1,107,361 pesos mensuales, o la de Jorge Evodio Chapa de la Torre (LyFC): $1,077,533 pesos mensuales.

Hoy, la reforma contra esos pagos millonarios contiene una aplicación retroactiva de un nuevo tope a las jubilaciones, que elimina los derechos adquiridos de unos 3 mil 400 jubilados de Pemex, CFE, Luz y Fuerza del Centro, Banobras y Nafin que ocuparon puestos directivos de confianza, y se beneficiaron de los generosos contratos colectivos de esas entidades.

El máximo de pensión que pueden ganar ahora es de alrededor de 83 mil pesos mensuales.

“Este órgano jurisdiccional advierte que la ley de la materia obliga a desechar de plano la demanda, pues a pesar de las violaciones a derechos fundamentales en las que pudiera estar incurriendo el decreto reclamado, al ordenar la limitación de pensiones otorgadas a personas como la aquí quejosa, el marco normativo que actualmente rige la tramitación y resolución del juicio de amparo ha desprovisto a los jueces de Distrito de cualquier respaldo Constitucional, legal o jurisprudencial que permita evaluar la Constitucionalidad o la convencionalidad de preceptos de la propia Constitución”, explicó hoy el juez Ulises Rivera, uno de los que desecharon los amparos de los pensionados millonarios.

Lucía Castillo
Escrito por

Aprendiz de periodismo. Editora, radialista, pueblerina narradora de historias.

1 Comentario

1 Comentario

  1. Ernesto

    17 abril, 2026 at 2:02 pm

    Pues yo lei la modificación y dice que lo que ya está, ya se queda así

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