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¡Les vale la Constitución! Jueces frenan prisión automática en delitos graves

En medio de la Elección Judicial, el Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Norte, con sede en la Ciudad de México, resolvió que los jueces pueden seguir otorgando suspensiones de amparo para evitar capturas… incluso si los delitos ameritan prisión preventiva de oficio.

¿La razón? Que la reforma de “supremacía constitucional”, la cual entró en vigor el 1 de enero y que supuestamente obligaba a aplicar la Constitución de forma literal, no afecta —según los magistrados— los artículos que regulan el juicio de amparo.

En otras palabras: los jueces de amparo siguen teniendo el poder para impedir capturas, aun en casos graves.

Este criterio no es menor: se trata de una jurisprudencia obligatoria para 18 estados, desde Baja California hasta Guanajuato, pasando por Tamaulipas, Estado de México y, por supuesto, la capital del país.

Los jueces que resuelvan amparos en esas entidades deben suspender las órdenes de aprehensión mientras analizan si fueron legales… aunque el acusado enfrente cargos por secuestro, delincuencia organizada o lavado de dinero.

Según el Pleno, la reforma al artículo 19 constitucional (el que lista los delitos con prisión automática) no afecta su jurisprudencia previa, porque los artículos que regulan el juicio de amparo no fueron tocados por la reforma. Además, alegan que los cambios legislativos van dirigidos al Ministerio Público y a los jueces de control, no a los de amparo.

“El mandato (de prisión automática) ni siquiera es aplicable a los jueces de amparo”, afirmaron los magistrados en su fallo unánime.

Ya hay algunos beneficiarios de esta interpretación como el ex gobernador perredista de Michoacán, Silvano Aureoles, y el exgobernador priista de Tamaulipas, Tomás Yarrington.

Aunque Aureoles no enfrenta delitos con prisión automática, su amparo fue sustentado en esta jurisprudencia. En el caso de Yarrington, si saliera de la cárcel, no podría ser detenido de nuevo por delincuencia organizada, pese a que ese delito sí amerita prisión inmediata.

Este criterio se da justo cuando desde el Gobierno de la Presidenta Claudia Sheinbaum se ha impulsado una reforma para limpiar al Poder Judicial y acabar con las corruptelas que permiten que, una y otra vez, los poderosos escapen de la justicia. Lo paradójico es que, pese a las reformas legales, los jueces siguen encontrando caminos para interpretar la ley a su manera.

Escrito por

Reportero. Antropólogo en formación. Me gusta escuchar a las personas y contar sus historias. Interesado en los movimientos sociales, los derechos humanos y la investigación del futbol desde una perspectiva social.

3 Comentarios

3 Comentarios

  1. Víctor Zamora Rosales

    2 junio, 2025 at 8:10 pm

    En serio no se puede hacer nada??

    Se puede legislar sobre este asunto.

    Si no, ¿de qué nos sirve la mayoría en las Cámaras?

  2. Poncho el de Detroit

    3 junio, 2025 at 12:29 pm

    Nada esta escrito en piedra, e incluso las piedras se pueden borrar. Con calma y nos amanecemos. Hay que esperar a que entren en funciones los nuevos ministros, magistrados y jueces para empezar a enderezar todo lo que esta tan torcido. Aún las razones de jurisprudencia cambian en el tiempo y entorno y no pueden ser eternas. Es como la práctica que había de quemar a las sospechosas de ser brujas, que se llevaba a cabo por mera jurisprudencia, o la de obligar a los indígenas a ser esclavizados al ser acusados de vagancia también por mera jurisprudencia. Acaso lo seguimos haciendo por mera jurisprudencia?.No verdad?. Los tiempos y condiciones cambian y lo obsoleto aún por costumbre o jurisprudencia debe ser derogado y borrón y cuenta nueva.

  3. Prangana Contreras

    3 junio, 2025 at 10:02 pm

    esos jueces pronto va a ser corergidas sus setencias, suspendidos, corridos y encarcelados…cuando entre en funciones el nuevo tribunal de disciplina del popder judicial

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