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La historia del niño que venció la discriminación en la natación

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló en contra de la discriminación y exclusión de Ángel Daniel, un niño con Síndrome de Down de Hidalgo que practicaba natación en el Instituto Hidalguense del Deporte (Inhide).

Este instituto le impidió continuar con sus actividades ahí, argumentando que el menor tenía dificultad para seguir el ritmo de sus compañeros y acatar las instrucciones del profesor.

El Inhide recomendó a los padres del menor la modalidad adaptada para personas con discapacidad. A los padres de Ángel Daniel no le gustó esa decisión, la cual consideraron discriminación, y promovieron un amparo en contra del Instituto por la negativa de reincorporarlo a las clases ordinarias.

La madre del menor, Zorayda Robles, junto con el padre, Neptali Reyes, realizaron una conferencia de prensa en 2018 para exponer el caso. Ahí explicaron que Daniel aspiraba “a crecer, desarrollarse y exponenciar sus aprendizajes a través de la inclusión sin importar su condición, pero que fue segregado”.

“Daniel tiene discapacidad intelectual por haber nacido con Síndrome de Down, pero eso no debe ser limitante para que él pueda tener derecho como todos a disfrutar de una vida plena, lo llevamos a diversos lugares a rehabilitación, estimulación y actividades no segregadas para incluirlo, fue a escuelas regulares para estar con otros niños y disfrutar su infancia”.

La primera instancia a la que llegó el caso fue con un juez de distrito del Poder Judicial de la Federación. Este negó dar protección al menor tras considerar que el deporte adaptado sí era viable porque sería “acorde con la discapacidad, edad y nivel de natación del niño”.

Esta decisión no convenció a los padres de Ángel Daniel, quienes quisieron llevar el caso más allá. Y este llegó a la Suprema Corte de Justica de la Nación (SCJN). Fue la ministra Margarita Ríos Farjat quien encabezó la resolución de la Corte, la cual indica que la mejor forma de combatir la segregación y el aislamiento de las personas con discapacidad y en especial del menor, era la interacción social, la conciencia de pertenencia y la inclusión en la comunidad.

“Aprenderá desde temprana edad a interactuar con las demás personas, lo que le generará un sentimiento de pertenencia en la comunidad deportiva integrada por personas con y sin discapacidad, así como a ejercer mayor control sobre su vida para hacer efectivo su derecho a vivir de manera independiente”.

De igual forma, la exposición también concluye que negar la reincorporación de Ángel Daniel es una forma de discriminación. Argumentó que las personas con discapacidad tienen derecho a practicar el deporte de su elección en igualdad de condiciones con las demás personas, con o sin discapacidad.

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La resolución emitida por la SCJN el 17 de noviembre mandata al Inhide a incorporar a Daniel a sus clases en igualdad de condiciones con sus compañeros. Además, tiene la obligación de garantizar la seguridad física y psicológica del niño, así como de las demás personas deportistas.

Ulises Rodríguez López

Licenciado en Historia con conocimientos en política, relaciones internacionales y ejército. Colaborador en Relajo Histórico. Twitter: @ulisesrguezlo

1 Comentario

1 Comentario

  1. Avatar

    Felipe

    22 noviembre, 2021 at 10:24 pm

    Por justicia y derecho de los infantes y sus padres a explorar experiencias sin cortapisas.

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