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Juzgados de distrito desechan hasta 60% de juicios de amparo

En las marchas, los trabajadores del Poder Judicial coreaban “amparos sí, dictadura no” y exigían su apoyo ante la gente que los veía, diciendo que ellos les otorgarían un amparo frente a un acto autoritario de las autoridades.

Sin embargo, los juzgados distritales desechan la mayoría de los juicios de amparo interpuestos ante el Poder Judicial con hasta un 60% de negativas, solamente el 25% aproximadamente es concedido.

De acuerdo con datos presentados por el Instituto de Geografía y Estadística (Inegi), los Juzgados distritales desechan hasta el 60% de los juicios de amparo indirecto presentados por la ciudadanía.

La causa más común de negativa es el sobreseimiento, lo que quiere decir que el juicio de amparo acaba precipitadamente y sin sentencia. Del total de juicios de amparo interpuestos, el 37.6% son sobreseimiento.

Además del sobreseimiento, el 14.7% de los amparos son desechados en la resolución inicial, y en el 5.4% se niegan por declarar incompetencia.

De este mismo recurso, menos del 25% de los juicios son concedidos. Este dato resulta interesante debido a que uno de los aspectos que más se le ha criticado al Poder Judicial es la concesión de amparos en contra de decisiones del Poder Ejecutivo.

Los amparos que sí prosperaron fueron en contra de las mega obras de infraestructura como el Tren Maya o el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA), o los recursos contra los Libros de Texto Gratuitos que recientemente fueron desechados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

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No obstante, la negativa a los juicios de amparo puede ser multifactorial y no depende solamente de la labor realizada por las y los juzgadores. También los promoventes de los juicios llevan su parte de responsabilidad en la estadística.

Empero, de acuerdo con Ana Laura Magaloni, investigadora del CIDE, en su texto La Política Judicial de decir sin resolver, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) evalúa a los a los juzgadores con métodos cuantitativos, en lugar de cualitativos.

Además, incentiva con bonos a aquellos jueces que tengan menor rezago en sus juicios. Esto lleva a que los juzgadores no resuelvan, en muchos casos, el fondo del asunto.

Ulises Rodríguez López

Licenciado en Historia con conocimientos en política, relaciones internacionales y ejército. Colaborador en Relajo Histórico. Twitter: @ulisesrguezlo

46 Comentarios

46 Comentarios

  1. Avatar

    Luis

    31 octubre, 2023 at 6:12 pm

    La nota no es clara y desinforma a la población que no conocece la procedencia del juicio de amparo, así como la forma de resolver.
    Tan es asi que confunde un sobreseimiento con un negativa de amparo.
    Me parece preocupante que usen información y la manipulen para desinformar a la sociedad.

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      Penelope Rodríguez Landa

      1 noviembre, 2023 at 12:19 pm

      Claro que se puede esperar de este tipo de periodistas por encargo. El juicio de amparo se rige por reglas específicas establecidas en la ley de amparo que por cierto fue dictada pues el legislativo el judicial solamente la aplica. Quieren mejor impartición de justicia exijan al legislativo mejores leyes

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      Bertha Alejandra Silva delgado

      1 noviembre, 2023 at 4:04 pm

      No

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      Juan Moisés Gómez Maldonado

      1 noviembre, 2023 at 5:23 pm

      La nota sí es clara en cuanto a números. No emplea un lenguaje técnico propio del derecho, pero no por eso deja de ser precisa.
      Es cierto que el juicio de amparo es de lo más técnico en el derecho y perjudica directamente al quejoso gobernado.
      Demasiadas resoluciones que desechan, sobreseen o niegan amparo, al ser recurridas, son revocadas en revisión o queja por magistrados o las resoluciones de éstos, por ministros de la Corte.
      Para evitar éste juicio tan “técnico”, es necesario que la Constitución sea sencilla, clara y precisa, para que el Poder Judicial Federal (PJF) no tenga que hacer tanta interpretación de la propia Constitución y leyes secundarias que con cierta regularidad es cambiada la interpretación o criterio.
      El juicio de amparo es complejo pero no elitista, en el sentido de que sólo los mejores abogados especialistas puedan tramitarlo con éxito. Al no ser elitista éste juicio, tampoco quienes trabajan en el PJF son empleados elitistas.

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      Gonzalo Javier Rodríguez Díaz

      3 noviembre, 2023 at 7:19 pm

      La verdadera historia lo vemos los que litigamos Amparo y les puedo asegurar que los juzgados de distrito se quedan cortos en los temas de sobresee y desecha, pareciera que es su formación en la escuela judicial

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    Rigoberto Valenzuela Loaiza

    31 octubre, 2023 at 6:35 pm

    El Juicio de amparo tiene sus reglas para elaborar la demanda y darle seguimiento,mismas que están consagradas en la ley de amparo en vigor,muchas veces los gobernados no cumplimos con esos requisitos sine que no,motivo por el cual se juegan, desechan y/o sobreseen, el juicio de amparo es algo muy técnico por ello se requiere de un perito en la materia para promover con posibilidades de éxito

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      Martin Palomares de la Rosa

      1 noviembre, 2023 at 12:01 pm

      Luego entonces quien no tiene para pagar un abogado se le niega el acceso a la justicia.

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      Verf

      1 noviembre, 2023 at 3:30 pm

      Información sesgada. Como todo juicio, la Ley de Amparo tiene causas de improcedencia que motivan el desechamiento o una vez admitida la demanda, el sobreseimiento y eso es conforme a derecho y aún así se cuenta con el recurso de queja o revisión, en el que tres Magistrados deciden si lo determinado por el juez es correcto. Además, de dónde saca que hay incentivos? Que por favor informe el documento que así lo establece. Lo que sí es cierto es que la revocación de las sentencias o que las quejas resulten fundadas no es bueno para el juzgador.

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        Jose Luis Ibarra Gutierrez

        2 noviembre, 2023 at 4:38 am

        De acuerdo,y que me dices de la concesión de amparos en contra de la obra pública de este gobierno. La obra pública es un detonante de progreso aquí, en china y en todo el mundo.

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    Iván González

    31 octubre, 2023 at 6:46 pm

    Nota elaborada desde la ignorancia. Efectivamente existe un alto índice de desechamientos e, incluso, de negativas de amparo. No obstante, ello de ninguna manera significa lo que pretende la nota. Simplemente significa que la mayoría de los abogados no es experto en planteamientos constitucionales y no domina la constitución, la ley de amparo y el propio juicio constitucional, que es técnico, pero no imposible de comprender.

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    Alicia

    31 octubre, 2023 at 9:39 pm

    Nota pretenciosa, escrita por un ignorante del derecho. Ahora todos son abogados!!!
    Vergüenza total esa columna

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    Héctor

    31 octubre, 2023 at 11:24 pm

    La nota busca abonar a la desinformación, existen distintas figuras procesales en el juicio de amparo, entre ellas el que confunden con toda ignorancia o de forma dolosa, es cierto que en el juicio constitucional desde un inicio se puede desechar la demanda cuando se actualicen causas de improcedencia, pero estas deben ser manifiestas e indudables, de lo contrario el juicio se debe admitir, y en sentencia también puede emitirse sobreseyendo el juicio cuando de las constancias se desprenda las causas de improcedencia, pero ojo existen medios de defensa que pueden hacer valer para que en ambos casos se revise la legalidad de esas determinaciones, recurso de queja y revisión respectivamente; pero así como se pueden actualizar esas figuras habrá que resaltarse que el juicio de amparo también ha otorgado la protección contra actos arbitrarios de las autoridades, a través de este medio de control se juzga a las autoridades no a las personas.

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    Celso

    1 noviembre, 2023 at 1:57 am

    Es notorio que está página es pagada por el gobierno, claro que el poder judicial federal va a sobreseer asuntos, no todos los que promueven amparo tienen la razón para que se les ampare. Que vas a saber si eres un ignorante en lo que dices

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    Jesús lipez

    1 noviembre, 2023 at 4:52 am

    La nota es malinformada el juicio de amparo o de garantías tiene sus reglas y la mayoría disque abogados pretenden con el juicio de amparo tener una sentencia a modo el juicio de amparo no tiene ningún costo sin embargo lo abogados los cobran a precio de oro pero están mal elaborados o simplemente se les pasan los términos

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    Alfrey

    1 noviembre, 2023 at 8:35 am

    Una total mentira que a los jueces los bonifican por tener menor rezago, hagan una investigación seria

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    ANGEL LOPEZ ALAMILLA

    1 noviembre, 2023 at 8:47 am

    Tu nota no es precisa, debes de consultar un abogado previamente y utilizar los términos legales precisos, hablas de desechamiento, pero no dices las causales qué lo provocaron, generalizas tu tema y haces ver a los juzgadores qué están de un lado y no de otro!

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    JOSE HERIBERTO WOLFF HUERTA

    1 noviembre, 2023 at 9:28 am

    Las demandas de amparo, tienen requisitos fundamentales establecidas en la ley de amparo. Los abogados deben de entender cuáles son los actos en los que procede, no son todos aquellos en los que se quejan.
    Cuando se niegan quiere decir que el acto que se reclama se encuentra dictado conforme a las leyes.

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    Danielavite

    1 noviembre, 2023 at 9:35 am

    Pues si el acto no es cierto? ¿De que manera entrar al fondo del asunto? Definitivamente escrito desde la ignorancia

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    José Vazquez

    1 noviembre, 2023 at 10:22 am

    La nota tiene mucho de cierto. No hay que desestimar su contenido.

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    Alfredo

    1 noviembre, 2023 at 10:48 am

    Creo que esta información es distorsionada, no por el simple hecho de presentar una demanda se concede el amparo, eso lo sabe desde el primer año en la carrera de Derecho.

    El trabajo que se realiza en el PJF es de especialización para los estudiosos del derecho.

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    Fco. J.

    1 noviembre, 2023 at 11:47 am

    Al analizar los comentarios se desprende 2 situaciones: Los ciudadanos hacen la solicitud o escrito o la promoción del amparo.Es por eso que no prosperan. Y 2 la mayoría de los abogados son unos inútiles que no saben de leyes ni saben cómo promover un juicio de amparo. Entonces deducimos que el % de amparos desechados es el % de abogados inútiles. Y más allá las universidades que imparten esta carrera (abogados que los forman) son unos inútiles que no enseñan de verdad. Entonces tampoco está claro los comentarios que atacan la publicación.

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    Martin Palomares de la Rosa

    1 noviembre, 2023 at 12:11 pm

    Manuel Crescencio Rejón si reviviera se volvería a morir, por haber destrozado su obra que es el creador del amparo, ante la ausencia agravios y conceptos de violación debe darse trámite al amparo supliendo la deficiencia de la queja, pero ahora los jueces se la pasan previniendo para desechar las demandas de amparo.

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    Eli

    1 noviembre, 2023 at 12:17 pm

    Son unos ignorantes del juicio de amparo, deberían escribir con conocimiento de causa, se advierte amarillista y a favor del partido de morena esta nota. No desinformen más a la población contribuyan a no crear más gente ignorante de las leyes.

  17. Avatar

    José Luis Hernández Valdez

    1 noviembre, 2023 at 12:20 pm

    Los amparos son para los ricos, no puedo imaginar a un pobre al que se le otorgue un amparo, aunque ahora se lo pueden dar si la intención es estar en contra de una iniciativa del presidente

    • Avatar

      Rosa castañeda

      2 noviembre, 2023 at 10:40 am

      De acuerdo con usted y solo es sacadera de dinero al ciudadano que les cree

    • Avatar

      Luz Maria

      2 noviembre, 2023 at 12:15 pm

      El juicio de amparo, así como otros recursos que ud puede promover ante un TRIBUNAL, y cuya resolución es dictada por Magistrados, es contra las AUTORIDADES que ud considere que han violentado sus derechos. De modo que si alguna sentencia dictada por un juez no resultó a su favor, bien puede pedir la revisión de ésta, la cual se fundamenta en la Ley. Lo invito a que investigue un poco y lea una sentencia de amparo, para que pueda ver cómo todo se fundamenta y pueda corroborarlo investigando tambien los artículos que en ella se citan.

    • Avatar

      Luz María

      2 noviembre, 2023 at 4:58 pm

      En vista que eliminaron mi respuesta anterior, lo resumiré: los Jueces de amparo del poder judicial no juzgan a personas, juzgan a AUTORIDADES

  18. Avatar

    Alicia

    1 noviembre, 2023 at 1:18 pm

    En verdad que triste tu nota, no tienes ni la menor idea de lo que es un juicio de amparo, pero se nota el sesgo, primero hay que investigar, ese es el trabajo periodístico

  19. Avatar

    Mónica Guadalupe Arriaga González

    1 noviembre, 2023 at 1:22 pm

    Si va a escribir una nota, le recomendaría que investigara más. Los amparos indirectos que son los que conocen los jueces de distrito, deben cumplir ciertos requisitos para ser admitidos, ello no quiere decir que si existieron violaciones se dejen de estudiar porque las mismas se pueden hacer valer en amparo directo contra la sentencia definitiva. Le recomendaría que consulte un abogado antes de opinar.

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    Manuel Chávez

    1 noviembre, 2023 at 2:13 pm

    Los jueces y magistrados, no todos, son corruptos y haces sus arreglos con dinero, se de muchísimos casos que le dan la vuelta a los asuntos para terminar en perjuicio de quién tenía la verdad legal y la histórica. Debería depurarse en un 90 porciento. Es mi opinión con lo que conozco del gremio.

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    Jose Santiago

    1 noviembre, 2023 at 2:17 pm

    Nota tendenciosa, no aporta un contenido correcto ya que únicamente establecer un análisis de estadística sin conocerla la materia.

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    Rosendo Nieto

    1 noviembre, 2023 at 3:01 pm

    Antes de hacer del conocimiento de tus lectores, debes informarte, investigar, para que sea veraz lo expuesto.
    En materia de amparo hay figuras jurídicas muy específicas.
    Desechamiento. Cuando una demanda de amparo no cumple con los requisitos que establece la ley, una vez que se agota el requerimiento hecho para que sea aclarada o bien requisitada la demanda.
    Sobreseimiento. Se emite, cuando es presentada la demanda de amparo, es admitida, pero al rendir su informe justificado la autoridad responsable, niega el acto reclamado a la autoridad (con el cuál se da vista a la parte quejosa para que manifieste lo que a su derecho convenga) es decir, no existe dicho acto. Existen diversos supuestos más en la ley, para sobreseer.
    Negación del amparo. Se admite la demanda, la autoridad dice ser cierto el acto reclamado, se entra al estudio del mismo y se advierte qué el acto es constitucional, es decir, no viola derecho humano alguno.
    Espero que le quede claro y para otra vez que hablé del tema, tengo un poco de conocimiento si no desea investigar. Por lo pronto es usted un mal periodista o reportero o lo que sea.

  23. Avatar

    Joce M

    1 noviembre, 2023 at 3:23 pm

    Si al concederse un amparo, significa que la autoridad responsable violó los derechos humanos del ciudadano, ¿por qué esa autoridad queda impune y no se castiga o se remueve del cargo? Para esas autoridades no pasa nada si violencia derechos del gobernador. Eso es impunidad!

  24. Avatar

    Berta silva

    1 noviembre, 2023 at 4:14 pm

    Mucho inocente en prisión ahorita con su prespectiva de género, los MP y jueces sentencian con pruebas, ni se toman la molestia de investigar, ahorita gran negocio van mujeres a acusar x algo y los MP les aconsejan que acusen x violación y así les pagan desde 80,000 o más, les pagan sicólogos, pagan multas , les dicen que tomen juicios abreviados y si se van a juicio se desquitan
    Y dan sentencias más grandes,total abuso de MP jueces y Magistrados, según ellos están con la ley, a ellos si les van a aceptar rápido sus amparos y con la gente tardan años, chequen todo el atraso que tienen de carpetas,.

  25. Avatar

    Jose Fernando Rojas Martín del Campo

    1 noviembre, 2023 at 7:04 pm

    LA NOTA NO ES CLARA NO SOY ABOGADO TITULADO PERO CONOZCO LAS LEYES Y LA LEY DE AMPARO ES MUY TÉCNICA

  26. Avatar

    Agata Rodríguez Ibáñez

    1 noviembre, 2023 at 9:43 pm

    La estadística presentada utiliza un big data muy limitado. Habría que ampliar los datos. A veces se gana perdiendo, a veces se pierde ganando . En mi experiencia de más de 30 años de litigante, el Poder Judicial de la Federación es excelente.

  27. Avatar

    Daniel Acevedo

    1 noviembre, 2023 at 9:44 pm

    El analfabeto que publicó esta nota es un verdadero ignorante de la procedencia del juicio de amparo. Bien dicen que si desconoces un tema es mejor no opinar que demostrar tu estupidez.

  28. Avatar

    Vic Chávez

    2 noviembre, 2023 at 12:05 am

    Pinshi texto tendencioso… Ahora resulta que el PJF es responsable por la incapacidad de abogados pendexos que promueven a lo puro wey!!!

  29. Avatar

    RODRIGO

    2 noviembre, 2023 at 12:26 am

    No se necesita ser experto en Derecho para entender que la nota es en favor del corruptísimo Poder Judicial Federal, hacer creer a la población que en verdad sirven a los intereses del pueblo, diciendo que “rechazan” Juicios de Amparo… ¿cuando han rechazado uno en contra del poder ejecutivo o en favor de un integrante del crimen organizado? Nunca, se les acaba el negocio.

  30. Avatar

    Gabriela

    2 noviembre, 2023 at 3:20 am

    En efecto, resuelven sin entrar al fondo de los asuntos, y pareciera que tienen cierta parcialidad por Bancos y Aseguradoras, supliendo sus deficiencias de manera inexplicable

  31. Avatar

    José Pablo Cuellar Gómez

    2 noviembre, 2023 at 5:06 am

    La Ley de Amparo y la jurisprudencia es muy clara en señalar los requisitos de un escrito de demanda de amparo, las causas de procedencia y de sobreseimiento y se otorga sólo si y cuando la autoridad responsable viola los derechos fundamentales del gobernado. Las estadísticas es sólo información y no la realidad jurídica.

  32. Avatar

    Mireya Ortiz

    2 noviembre, 2023 at 5:17 am

    Es una pena que realices este tipo de publicaciones sin haber realizado una investigación a fondo, te comento el juicio de amparo tiene sus reglas de procedimiento no porque interpongas un amparo significa que será admitido o que te será favorable. Por otra parte el sobreseimiento de un asunto no es por gusto del juez es porque hay una causa legal que asi lo dispone y por último a los titulares no les otorgan bonos por tener menos sentencias. Verifica lo que publicas porque estas desinformando.

  33. Avatar

    Juan Manuel Salazar

    2 noviembre, 2023 at 11:41 am

    No, pues si. Para palero y chayotero no se estudia. Para ser abogado y conocer el juicio de amparo, sí se debe estudiar y mucho. Según la Ley de Amparo, negar y sobreseer son conceptos distintos; el sobreseimiento no es una causa, pero hay causas que dan lugar al sobreseimiento. Para comprender los datos del INEGI en materia judicial, hasta los paleros deben aprender los fundamentos y la técnica del juicio de amparo.

  34. Avatar

    Perla

    2 noviembre, 2023 at 9:27 pm

    Esta nota no la hizo alguien con conocimientos jurídicos. El desechamiento/sobreseimiento en el juicio de amparo tiene una razón legal y de derecho. Que mal que haya este tipo de información tan equivocada.

  35. Avatar

    Rico

    3 noviembre, 2023 at 9:17 am

    Para eso existe la suplencia de la queja y aun así consienten en demasía los actos de autoridad por lo menos en el estado en el que vivo

  36. Avatar

    Veronica Vargas

    3 noviembre, 2023 at 4:09 pm

    auch…. José Luis Valdez, el amparo no es para ricos, tú puedes acudir a la defensoría pública. Por otro lado a POLEMON, le digo no desinformes, o al periodista, muy mal tú trabajo, lee, busca fuentes que te expliquen, y realiza una nota ala altura de tu oficio o profesión.

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