De forma histórica, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que es inconstitucional la penalización del aborto, por lo cual, las mujeres ya no irán presas nunca más por decidir sobre su propio cuerpo.
Por unanimidad, los y las ministras de la Corte invalidaron el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, que al igual que al de muchos otros estados en el país, sanciona con uno a tres años de cárcel a las mujeres que interrumpen voluntariamente su embarazo.
De acuerdo con la Suprema Corte, el artículo 196 del Código Penal de Coahuila violaba los derechos humanos al libre desarrollo de la personalidad, no discriminación y acceso a la salud.
“La fórmula legislativa de orden penal que fue elegida por el Congreso Local y que contiene la criminalización de la interrupción voluntaria del embarazo en todo momento, supone la total supresión del derecho Constitucional a elegir de las mujeres”, declaró la Corte.
Con la sentencia aprobada hoy por la Corte, los artículos de 29 códigos penales estatales (hasta ahora, el aborto sólo está despenalizado en Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz) que tipifican el aborto voluntario como delito y criminalizan a las mujeres seguirán vigentes pero serán inconstitucionales, pues con la jurisprudencia dictada hoy por el máximo tribunal, ningún juez penal del país podrá procesar a las mujeres que las Fiscalías estatales detengan y lleven a juicio por el delito de aborto voluntario.
Tras la decisión de la Corte, si llegara a abrirse algún proceso judicial contra una mujer que decida abortar, la justicia federal podrá cancelarlo mediante un amparo.
Además, los legisladores de los 29 estados que no han despenalizado el aborto, tendrán que legislar para armonizar sus leyes en los códigos penales, pues no pueden estar por encima de la constitución.
En su discurso para emitir su voto a favor, la ministra Margarita Ríos-Farjat señaló que hasta ahora se había penalizado a las mujeres en nombre de la vida, o por ser “ignorantes”, o por ser “promiscuas o por ser “malas” y no terminar el embarazo para dar al bebe en adopción.
“Estoy en contra de estigmatizar a quienes toman la decisión de abortar. Nadie se embaraza en ejercicio de su autonomía para después abortar. Los abortos clandestinos son una realidad, se calcula que en México se realizan hasta un millón de abortos al año y de éstos una tercera parte se complica” explicó.
La ministra Margarita Ríos-Farjat también recordó que la Constitución no prohibe el aborto y cuestionó al Estado por castigarlo. Asimismo, expuso que desde 2008 hubo una sentencia en favor de la mujer y en 2012 la Corte Interamericana resolvió que “no es procedente otorgar el estatus de persona al embrión”.
“Se criminaliza a la persona gestante, sin encontrarse definido Constitucionalmente si la vida se tutela invariablemente desde la concepción, y cuál es el tratamiento del embrión en el mundo jurídico”, indicó la ministra.
Al final de la sesión, el ministro presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar, celebró la decisión con estas palabras:
“Señoras y señores ministros, hoy es un día histórico para los derechos de todas la mujeres mexicanas y las personas gestantes. A partir de hoy es un parteaguas en la historia de los derechos de todas las mujeres, sobre todo de las más vulnerables. Con este criterio unánime del Tribunal Constitucional no sólo se invalidan las normas que fueron objeto de discusión, también se establece un criterio obligatorio para todos los jueces y juezas del país”.