La promesa de campaña del presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, de poner fin a las pensiones para los expresidentes se hizo oficial este miércoles.
Así lo anunció el coordinador de Morena en la Cámara de Diputados, Mario Delgado, quien celebró la noticia a través de una publicación en su cuenta de Twitter que decía: “Es oficial: ¡se pone fin a la pensión a ex presidentes!”.
Es oficial: ¡se pone fin a la pensión a ex presidentes! @DiputadosMorena @Mx_Diputados @PartidoMorenaMx https://t.co/qR18M80N9p
— Mario Delgado (@mario_delgado1) 31 de octubre de 2018
Dicho mensaje aparece acompañado por la imagen de un oficio girado por el presidente del Senado de la República, Martí Batres Guadarrama y dirigido a la Secretaría de Gobernación, a través del cual se solicita publicar en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos.
Con la publicación de esta Ley, reglamentaria de los artículos 75 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) se acabarán las pensiones a los expresidentes de México, además de prohibirse que cualquier funcionario público del país pueda recibir un sueldo mayor al del presidente de la República.
Enrique Peña Nieto tuvo hasta el pasado 13 de octubre para promulgar o vetar la Ley, pero éste no emitió ningún pronunciamiento al respecto.
Aún así, Batres negó que la orden que giró hoy fuera una confrontación entre el Ejecutivo Federal y la bancada de Morena.
En cumplimiento de la atribución que me confiere el inciso b) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, una vez cumplidos los plazos, he ordenado la publicación de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos en el Diario Oficial. pic.twitter.com/h1JSzf1fND
— Martí Batres (@martibatres) 31 de octubre de 2018
Batres añadió que éste se trata de un procedimiento enmarcado por el artículo 72 de la Constitución en el inciso b, que señala que “se reputara aprobado por el Poder Ejecutivo todo proyecto no devuelto con observaciones a la Cámara de su origen, dentro de los 30 días naturales siguientes a su recepción. Vencido este plazo, el Ejecutivo dispondrá de diez días naturales para promulgar y publicar la ley o decreto”.
“Transcurrido este segundo plazo, la ley o decreto será considerada promulgada y el Presidente de la Cámara de origen, ordenará dentro de los diez días naturales siguientes, su publicación en el Diario Oficial de la Federación”.
Al respecto dijo que desconoce por qué Peña Nieto no se pronunció al respecto, “pero en todo caso, como marca la Constitución, ya se considera promulgado y la orden de su publicación la da el Presidente de la Cámara de origen”.
La Ley de Remuneraciones
Esta ley fue aprobada hace siete años en el Senado de la República y enviada la minuta a la Cámara de Diputados, donde se mantuvo en la congeladora.
Tras dar comienzo la actual Legislatura, la minuta fue rescatada y aprobada el 13 de septiembre.
El Poder Ejecutivo la dio por recibida el 20 de septiembre y transcurrieron los 30 días en los cuales, el Presidente podía hacer observaciones, pero ese lapso terminó el 20 de octubre.
Del 20 al 30 de octubre transcurrieron los diez días en que el Poder Ejecutivo podía publicarla.
Al no ser publicada por el Poder Ejecutivo, le corresponde al Senado de la República publicarla y, en todo caso, el Presidente del Senado, que es el Presidente de la Cámara de origen en relación con esta legislación, es quien ordena su publicación.
armando garcía lagos barba
31 octubre, 2018 at 9:56 pm
Felicidades para todos nosotros porque sí se están cumpliendo las promesas de campaña.
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Joel MR
18 enero, 2019 at 4:48 pm
vaya en hora buena, solo falta recuperar el poder adquisitivo de todos los que si trabajamos