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INE vs AMLITOS; ordena a Morena deslindarse de venta

Al responder una consulta de Morena y en acatamiento a una sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que la venta de los llamado “Amlitos” o “Delfinitas” y demás artículos utilitarios, sí generan un beneficio al partido guinda, por lo que se podrán contabilizar como gastos de campaña.

https://twitter.com/INEMexico/status/1682063086461632516

En este sentido, la autoridad electoral detalló que aun cuando los artículos utilitarios sean vendidos por terceros ajenos a los partidos, se debe cuantificar el beneficio que éstos les pudieran generar, únicamente cuando se tenga certeza que son comercializados y utilizados durante la realización de los eventos electorales.

 “Sí existe un beneficio con la exposición y divulgación de sus emblemas, signos, representantes, personas candidatas y militantes en virtud de la caracterización y conexión que se genera con su plataforma política”, señaló el organo electoral administrativo.

Venda de “Amlitos”. Foto: Alejandra Hidalgo.

Por ello, el INE señaló que los partidos políticos, en este caso Morena, pueden deslindarse del beneficio de estos artículos, y de no hacerse, éste deberá registrarlos en su contabilidad dentro del Sistema de Fiscalización (SIF) y atenerse a lo que establece el Reglamento de Fiscalización (RF).

“Es claro que el beneficio puede presentarse sin necesidad de la voluntad del receptor e incluso en su contra, sin embargo, si se acredita un beneficio por la exposición al electorado y no se deslinda de ello, los participantes en un proceso electoral se encuentran obligados a registrarlo en su contabilidad dentro del SIF, y ceñirse a las reglas generales contenidas en el artículo 33 del RF”, determinó la autoridad electoral.

En caso que no haya deslinde y se detecte la venta de estos artículos, el INE hará lo siguiente:

  • Contabilizar la propaganda utilitaria visible entre los asistentes en un evento.
  • La Unidad Técnica de Fiscalización verificará en el SIF si los sujetos obligados (en este caso Morena) registraron propaganda utilitaria igual a la detectada en venta.
  • Finalmente, se sancionará y acumulará al tope de gastos, la propaganda electoral excedente entre lo registrado por el sujeto obligado y lo detectado entre los asistentes del evento por la autoridad electoral.

Ante la discusión, Eurípides Flores, representante de Morena ante el INE, externó su desacuerdo con la respuesta del INE y argumentó que la respuesta otorgada por el Consejo General no guarda concordancia con la consulta que realizaron y que consistía en cuestionar si la venta de estos productos generaba o no un beneficio al partido y cómo podía éste deslindarse.

Además, el morenista señaló que la resolución implica un riesgo para Morena, porque la contabilización de “Amlitos” y “Delfinitas” y de más artículos utilitarios que se vayan generando de cara a los próximos procesos electorales podría llevarlos a superar los topes de gastos de campaña, lo cual es causa de nulidad en ciertos escenarios.

Si eso vuelve a ocurrir en los próximos procesos electorales, lo que dice esa consulta, es que nos lo van a cargar a nuestro partido, a nuestras campañas con el riesgo de superar los topes en los gastos de campaña, lo cual si es un tema muy delicado para nosotros porque ustedes saben que el rebase en tope de gastos de campaña es una de las causales de nulidad de las elecciones en ciertos escenarios”, manifestó Flores.

https://twitter.com/euripidesf/status/1682125932092600320

La autoridad electoral estableció que los partidos políticos a través de su autoridad fiscalizadora presenten la documentación que considere pertinente para la acreditación de deslinde de la venta de dichos artículos utilitarios durante los futuros procesos electorales, mítines o actos proselitistas, a fin de evitar que se les considere como gastos de campaña.

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Yulissa Camacho Mora
Escrito por

Historiadora en formación. Creo en el poder del pueblo y en su voz.

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