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Histórico: Suprema Corte retira concesiones a minera canadiense

Tras siete años de que la comunidad rural del estado de Puebla inició una batalla judicial, el territorio de Tecoltemi ha dejado de ser parte de una concesión minera.

Este miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a la Secretaría de Economía revocar dos títulos de concesión a la Minera Gorrión, filial de la canadiense Almaden Minerals.

También pidió expedir nuevos permisos pero garantizando la obligación convencional de consulta previa a la que tiene derecho la comunidad Tecoltemi, originaria del municipio de Ixtacamaxtitlán, donde están las minas.

A decir de las y los ministros de la SCJN, si bien la Ley Minera no regula el procedimiento a seguir en la expedición de los permisos, sí existe una obligación de consulta a los pueblos originarios.

Mediante cuatro votos a uno, acordaron que, previo al otorgamiento de las concesiones Cerro Grande -en marzo de 2003- y Cerro Grande II -en febrero de 2009-, que juntas sumaban 14 mil 229 hectáreas, no se consultó a las comunidades indígenas de la zona.

Tecoltemi, con apenas 300 habitantes, se enteró de esta situación hasta 2015, después de presentar una solicitud de información.

De esta manera, la Corte invalidó las autorizaciones que dio el Gobierno de México sin antes realizar una consulta indígena, convirtiéndose así en la primera vez que el máximo tribunal tumba una concesión con este argumento.

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Las y los ministros consideraron que se debe negar el amparo a ese pueblo indígena por cuanto hace a la constitucionalidad de los artículos 6, párrafo primero; 10, párrafo primero, y 4, 15 y 19 de la Ley Minera.

Estos artículos mencionan que la exploración, explotación y beneficio de minerales o sustancias referidas en la ley son de utilidad pública y serán preferentes sobre cualquier otro uso o aprovechamiento del terreno. Indica que esa actividad sólo puede ser gravada por leyes federales.

También destaca que la exploración y explotación puede ocurrir en concesión a personas físicas de nacionalidad mexicana, ejidos y comunidades agrarias, pueblos y comunidades indígenas o sociedades hechas conforme a la ley mexicana.

Los títulos de concesión y asignación de mineras, así como los decretos de incorporación de zonas a reservas mineras serán expedidos siempre y cuando se satisfagan las condiciones y requisitos establecidos por esta ley y su reglamento.

Asimismo, las concesiones mineras darán derechos sobre todos los minerales o sustancias sujetos a la aplicación de la norma.

Estas concesiones, concluye, tendrán una duración de 50 años y serán prorrogables por igual término.

El proyecto de Almaden Minerals consistía en abrir una mina de cielo abierto para extraer oro y plata y fue ante la preocupación de quedarse sin agua para sus campos de cultivo, que los integrantes de la comunidad decidieron presentar un amparo que durante siete años fue escalando instancias judiciales hasta llegar al máximo tribunal.

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Ante la noticia, la empresa ha asegurado en un comunicado que revisará la sentencia “para entender completamente el impacto de la decisión antes de decidir los próximos pasos”. Durante los últimos 20 años, la empresa ha invertido cerca de 40 millones de dólares en labores de prospección y exploración.

2 Comentarios

  1. esther

    22 febrero, 2022 at 4:21 pm

    EXCELENTE ! Enhorabuena Puebla!. esta es la 4T precisamente defensa real al medio ambiente …nueva conciencia de nuestros magistrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nacion..ya no es lo mismo !!!! .

  2. Raymundo Pérez

    22 febrero, 2022 at 4:36 pm

    Vaya bien por los jueces que hacen caso alas comunidades que bueno que así sigan pensando en MÉXICO

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