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Corte avala el tope a rentas en CDMX; no subirán más que la inflación

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional el tope a las rentas en la Ciudad de México incorporado en agosto de 2024 y con el cual el aumento anual de las rentas no podrá ser mayor que la inflación del año anterior.

Tomando en cuenta que la inflación de 2025 fue de 3.69%, un alquiler de 10 mil pesos sólo podría aumentar 369 pesos para 2026.

Presidente Hugo Aguilar en el Primer Informe como ministro presidente.

El proyecto fue presentado por el presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, y respaldado por unanimidad de los ministros presentes. La resolución revocó el amparo promovido por la empresa Urbanhub México contra la reforma impulsada durante la administración capitalina encabezada entonces por Martí Batres.

En su argumentación, Aguilar Ortiz subrayó que la medida responde a un objetivo de justicia social, al reconocer que el acceso a la vivienda no puede quedar exclusivamente sujeto a las dinámicas del mercado, especialmente en contextos de alta presión inmobiliaria.

Asimismo, sostuvo que el tope es una medida idónea para prevenir fenómenos de gentrificación y desplazamiento residencial, al inhibir incrementos abruptos o desproporcionados en zonas con alta demanda.

Los ministros coincidieron en que la disposición no implica un congelamiento de precios ni una fijación estatal del valor de mercado, ya que el monto inicial de la renta se mantiene bajo acuerdo entre las partes y la regulación sólo limita el ritmo del aumento anual con base en un parámetro objetivo como la inflación.

Por su parte, la ministra Lenia Batres respaldó la aprobación del proyecto y señaló que en el país existen pocos mecanismos para garantizar el acceso efectivo a la vivienda, por lo que consideró relevante mantener herramientas legales que protejan a los arrendatarios.

Ulises Rodríguez López

Licenciado en Historia con conocimientos en política, relaciones internacionales y ejército.

3 Comentarios

3 Comentarios

  1. Víctor Zamora Rosales

    1 marzo, 2026 at 4:43 pm

    Bien hecho.

    La SCJN comienza a cumplir su promesa; hacer justicia a los más pobres.

  2. Víctor Zamora Rosales

    3 marzo, 2026 at 3:26 pm

    A los que vivimos en provincia nos urge una ley progresista como esta.

  3. José R M Garcia

    3 marzo, 2026 at 5:55 pm

    Lo que debe establecerse es cómo calcular el costo de una renta. Lo justo sería que fuera un porcentaje del valor catastral o sea, sobre lo que paga de impuestos pues casi el 100% del padrón catastral tiene a las propiedades subvaluadas. Podría ser el % anual del valor declarado y por el que pagan impuestos que cobra un banco por préstamo para compra de casa. Ej: Un departamento que pague predial por un valor catastral de $3´000,000 y si un banco para comprarla le cobraría 8.5% anual, el dueño podría cobrar de renta cobraría $255,000 anuales o sea $21,250 cada mes. Así se cumpliría con el principio de proporcionabilidad. En casos de interés social, se podría equiparar a lo que infonavit cobre de interés social.

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