La Ministra Lenia Batres, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo una solicitud del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para que la Corte revise la deuda fiscal de Samsung por 6 mil 714 millones de pesos.
Este crédito fiscal deriva de que, según argumenta el SAT, la empresa de tecnología coreana no retuvo el IVA en importaciones para maquila en México en los ejercicios fiscales de 2015 y 2016 en un total de 231 pedimentos de importación presentados por Samsung para introducir mercancías a México con valor de 16 mil 73 millones de pesos.
En 2024, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) declaró la nulidad del crédito fiscal contra Samsung, por siete votos contra uno. Esto bajo el argumento de que la empresa pagó el IVA al momento de importar los insumos a México, por ello no se tenía que pagar de nuevo, pese a que las mercancías se vendieron en territorio nacional.
El fallo del TFJA fue impugnado por el SAT mediante revisión fiscal. Y ahora la SCJN deberá decidir en su Segunda Sala si el pleno de la Corte debe discutir el asunto la próxima semana mediante una contradicción de criterios, para así fijar la jurisprudencia definitiva sobre el tema.
La Ministra Yasmín Esquivel elaboró este proyecto en menos de un mes y fue listado el 6 de febrero pasado para discusión casi inmediata, lo que revela la importancia del tema.
La contradicción sólo requiere seis votos para ser aprobada, o incluso cinco con voto de calidad de la Presidenta de la Suprema Corte, Norma Piña, en caso de empate.

Poncho el de Detroit
23 febrero, 2025 at 11:26 am
Voto de calidad de la corrupta Piñatona Piña?
$i, $obr€ todo ¢a£idad Moral ¥ €ti¢a.
Poncho el de Detroit
23 febrero, 2025 at 11:31 am
Y el libertario usurero mala paga tío Richie, cuando?
Que seguimos esperando, a que se haga el muerto o el desaparecido para no pagar?
Ponganle tanta o mas celeridad que a los corruptos de Samsung.
Felix Chavez
23 febrero, 2025 at 6:15 pm
Para que se hacen patos los de Sansung al comprar (importar) de cualquier lugar debes pagar IVA y al vender sus productos en México debe cobrar el IVA al comprador y remitirlo a Hacienda, es fácil de enterder.
Fernando Platas
24 febrero, 2025 at 2:08 pm
Norma Piña y su pandilla de delincuentes con toga y birrete, emplearon a La Suprema Corte para favorecerse y favorecer a todos los delincuentes, a cambio del beneficio económico que obtenían…
Martín Yocupicio
8 abril, 2025 at 11:37 am
Si la empresa esta obligada al pago del IVA en la Importación, entonces no esta obligada a la retención del IVA, Artículo 1A… Fácil !!!