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Cámara de Diputados. Foto: Especial

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Adiós fuero; Morena aprobará esta semana en el Congreso su eliminación

La Cámara de Diputados ya tiene listo el dictamen que reforma varios artículos de la Constitución Mexicana para quitar el fuero a todos los servidores públicos —incluido el presidente de la República— para que sean procesados en caso de que cometan un delito.

Se tiene previsto que sea esta semana cuando se haga dicha reforma que aplicará también en las entidades federativas, de tal forma que ningún funcionario público quede exento de inmunidad.

Quitar el fuero a los servidores públicos fue una de las promesas de campaña del presidente electo, Andrés Manuel López Obrador. Su propuesta gira alrededor de la modificación al artículo 108 de la Constitución, para que el presidente pueda ser juzgado no solo por traición a la patria o por graves ilícitos del fuero común, como está actualmente en la Carta Magna.

De aprobarse la iniciativa, ya no será necesario que se realicen juicios de desafuero en el Congreso de la Unión porque estarán establecidos en la Carta Magna.

Con la reforma a la Constitución, el presidente de la República también podrá ser juzgado. Foto:Especial.

Sin embargo, expertos advierten que la medida puede traer como consecuencia que puedan politizarse casos judiciales y provocar que haya persecución judicial contra adversarios políticos.

“Se considera que el retiro de la inmunidad al presidente de la República, no tendría que ser evaluado por las Cámaras del Congreso, como en el caso de otros funcionarios públicos federales y locales, estos últimos en los congresos de sus entidades federativas”, expone la argumentación.

Con esta reforma, el presidente podrá ser investigado y juzgado por todo tipo de delitos federales y, de encontrársele culpable, bastará con que el juez comunique el retiro de inmunidad al Poder Ejecutivo para quedar a disposición de las autoridades.

Esto se extiende también para otros servidores públicos que están protegidos por el fuero.

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Las reformas plantean derogar facultades de la Cámara de Diputados, descritas en el artículo 74 de la Constitución, en donde se fundamenta su actuación, como “declarar si hay lugar o no a proceder penalmente contra los servidores públicos que hubieren incurrido en delitos”, así como “conocer de las imputaciones que se hagan a los servidores públicos (…) y fungir como órgano de acusación en los juicios políticos que contra éstos se instauren”.

También los ministros Suprema Corte de Justicia de la Nación podrán ser objeto de juicio. Foto: Especial.

Con la reforma, el presidente, diputados y senadores del Congreso de la Unión, así como ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el fiscal general de la República y los consejeros del INE gozarán de inmunidad y no podrán ser privados de su libertad mientras ejercen el cargo, “salvo que exista una sentencia condenatoria en su contra”.

Sin embargo, en adelante se podrá seguir un proceso penal contra ellos, siempre y cuando no se les prive de su libertad (antes de la sentencia); además, podrán recurrir a su auto de vinculación penal ante la SCJN.

Si hay una sentencia condenatoria, “el juez comunica el retiro de la inmunidad al órgano del cual forme parte el servidor público sentenciado, a partir de lo cual éste cesa sus funciones y queda a disposición de la autoridad correspondiente”, señala la reforma.

Si un gobernador o el jefe de Gobierno de la Ciudad de México son encontrados culpables de cometer un delito federal, el juez sólo deberá notificar al Congreso local que se le ha despojado de la inmunidad y se le separará del cargo.

Senadores de la República no serán impunes con reforma constitucional. Foto: Especial.

Si al cometer un delito, un funcionario hubiera obtenido un beneficio económico o que cause daños o perjuicios patrimoniales, la sanción penal “deberá graduarse de acuerdo con el lucro obtenido y con la necesidad de satisfacer los daños causados”.

Cualquier servidor público podrá recibir sanciones administrativas o “de cualquier otra naturaleza distinta a la penal” sin que se retire su inmunidad; pero si la falta implica un arresto, entonces será aplicado hasta que deje su cargo.

Las reformas constitucionales en esta materia establecen también que una persona perderá sus derechos ciudadanos —como votar o ser votado— desde que se le vincule a proceso penal; es decir, desde que se inicia la investigación.

Este último punto ha sido criticado por legisladores de oposición, pues ven en ello un peligro de que se impida participar a personas con el pretexto de que fueron vinculados a un proceso penal.

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Expertos advierten que despojar del fuero a todos los servidores públicos puede ser arriesgado porque quedarán muy desprotegidos.

El propio Andrés Manuel López Obrador fue desaforado en el 2005 cuando fue jefe de gobierno de la Ciudad de México. Vicente Fox le inició un caso judicial por un predio, y lo removió de su puesto para que enfrentará los cargos.

Fue un caso en el que se consideró que la Presidencia de la República actuó por intereses políticos para evitar que Andrés Manuel se convirtiera en candidato presidencial.

De acuerdo a un análisis del Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República, el cual cita Reporte Índigo, señala que la eliminación del fuero puede provocar un desbalance entre poderes y más cuando no hay fiscalías verdaderamente autónomas, separadas del poder político.

“En el caso del fuero, si este es eliminado podría facilitar la persecución política. Aunque hay un esfuerzo social e institucional por establecer fiscalías independientes en el país a raíz de las reformas de justicia y de anticorrupción, este proceso no ha concluido, por lo que el riesgo de la persecución política no desaparece por completo”.

“Respecto del juicio político, si éste deja de ser por causas graves y se sustituye por criterios políticos interpretables por el legislador, es posible que se abran escenarios para golpes de Estado desde el Poder Legislativo”, advierte el Instituto Belisario Domínguez.

Estas reformas constitucionales serán aprobadas en la Cámara baja; pasarán después al Senado y luego a los Congresos locales; y una vez que al menos 17 entidades la aprueben, la Constitución será modificada.

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Jorge Covarrubias
Escrito por

Reportero. Estudió sociología. Aún cree que la función del periodismo es eminentemente social y no un simple intercambio de mensajes entre la clase política.

1 Comentario

1 Comentario

  1. Avatar

    Guadalupe Domínguez

    27 noviembre, 2018 at 8:54 am

    __Estoy de acuerdo en que se quite el fuero a funcionarios públicos! __

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