El Gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum reforzó la protección de las Áreas Naturales Protegidas (ANP), al publicar un acuerdo que impide a empresas y particulares realizar actividades de exploración y explotación minera en estos espacios sin contar previamente con la autorización en materia de impacto ambiental.
La medida, emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), entró en vigor este martes y establece que ningún funcionario de la dependencia podrá autorizar proyectos mineros sujetos a Evaluación de Impacto Ambiental cuando involucren obras o actividades dentro de Áreas Naturales Protegidas de competencia federal.
El acuerdo precisa que esta restricción aplica incluso para concesiones mineras otorgadas antes del 9 de mayo de 2023, ya que las autorizaciones ambientales constituyen un trámite independiente de los títulos de concesión.
Además, la Semarnat instruyó a sus funcionarios a vigilar que las empresas mineras cumplan con programas de restauración ambiental antes, durante y después de las actividades extractivas, con el objetivo de reducir los impactos sobre los ecosistemas.
La nueva disposición también prohíbe otorgar permisos para la disposición final de residuos mineros y metalúrgicos en Áreas Naturales Protegidas, humedales, cauces y zonas federales de aguas nacionales, debido al riesgo que representan para el medio ambiente y la salud de la población.
Como parte del fortalecimiento de los controles ambientales, toda solicitud de Evaluación de Impacto Ambiental relacionada con proyectos mineros deberá notificarse de inmediato a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), organismo que elaborará un dictamen técnico de carácter vinculante para la resolución del procedimiento.
Para garantizar el cumplimiento de estas disposiciones, la Semarnat delegó al titular de la Conanp, Pedro Álvarez Icaza, la facultad de supervisar y vigilar la aplicación estricta de las nuevas prohibiciones.
La dependencia recordó que, tras la reforma a la Ley Minera de 2023, las concesiones dejaron de otorgar un derecho automático para explotar yacimientos. Ahora, los permisos se limitan a un mineral específico y están sujetos a controles ambientales e hídricos más estrictos.
Asimismo, destacó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respaldó este nuevo modelo al establecer que el título de concesión y la autorización ambiental son procedimientos independientes y sucesivos, por lo que ninguna empresa puede iniciar actividades mineras sin cumplir previamente con los requisitos ambientales correspondientes.

































