La Corte Constitucional de Colombia consideró que se debe proteger el derecho de un individuo a consumir alcohol o drogas en la vía pública, si esta acción no genera una situación de violencia o de desorden público.
El fallo es histórico y ha levantado una polémica tremenda en el país sudamericano, además de la incomodidad de la Presidencia de la República, de Iván Duque, quien ha buscado frenar la posibilidad de que un colombiano pueda decidir con toda libertad.
En su lucha por impedir la decisión personal del consumo de drogas avalado por la Corte en 1994, el Presidente emitió en el año 2018 un articulado en el Código de la Policía para decomisar droga a quienes la portaran en espacios públicos.
Pero la Suprema Corte del país sudamericano argumentó que impedir el consumo de alcohol o drogas en espacios públicos limita la libertad de expresión y el derecho colectivo al uso común del mismo espacio público.
Diana Fajardo, la magistrada ponente, argumentó antes de la votación realizada este jueves 6 de junio en la Corte Constitucional, que si bien el Código de la Policía considera como imperioso el cuidado y la integridad del espacio público, “no se advierten ni se dan elementos de que el consumo de bebidas alcohólicas y las sustancias psicoactivas en general, haya una relación entre esto y la destrucción o el irrespeto por el espacio público, que haya una relación directa y consecuencial en que el el consumo genere o la destrucción o el daño del espacio público”.
Ya en 1994 las restricciones al consumo de alcohol y drogas habían sido relajadas en Colombia cuando la Suprema Corte determinó que hacerlo era una decisión personal, y que entonces se podía llevar consigo una “dosis mínima”, (en realidad un máximo de) 20 gramos de marihuana, 22 de hachis o un gramo de cocaína.
El Código de la Policía, impulsado por Iván Duque en 2018, era utilizado para decomisar cualquier cantidad de drogas e impedía el consumo en espacios públicos.
El Código de la Policía indica que portar esas sustancias afectaba la tranquilidad y las relaciones respetuosas de las personas y que eran contrarios al cuidado e integridad del espacio público.
Para atacar el Código, dos ciudadanos interpusieron ante el Poder Judicial un recurso legal con el argumento de que la prohibición iba en contra del derecho a la personalidad, al libre uso del espacio público y a su libertad de expresión.
La Corte Constitucional consideró válido el argumento y es así como en Colombia se podrá beber una cerveza o fumar marihuana en la calle sin problema alguno, a menos que Iván Duque lo impida.
Este viernes, el Presidente anunció que a pesar de lo que diga la Corte, la policía seguirá decomisando la dosis mínima.
“Yo respeto y acato los fallos pero seguiremos perseverando con todo el dinamismo para liberar los parques y entornos escolares del asecho de la droga…, seguiremos aplicando las normas pero en virtud de un principio constitucional en el que los derechos de los niños están por encima del de todos los colombianos”, argumentó Duque.
Lo que buscará el Gobierno de Duque es una reforma constitucional, dijo este viernes la Ministra del Interior, Nancy Patricia Gutiérrez, buscando la prohibición del porte y consumo de la dosis mínima de drogas y de alcohol en lugares públicos.
Juan Antonio Cervantes Chavarria
8 junio, 2019 at 2:00 pm
no pos hay que irse a vivir a colombia
Felipe Vega
8 junio, 2019 at 4:15 pm
No mamen, acostumbrado a llevar a mis nietos al parque, me entero que ya permiten tomar bebidas alcoholicas y fumar marihuana en los parques públicos, para que mis nietos les llegue el petataso de la Mota y los borrachos estén miando en los postes, a quien se le ocurrió esta Super pendejada