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AMLO va ganando la batalla de la Ley de Hidrocarburos en Tribunales

La Ley de Hidrocarburos (LHI) impulsada por el Presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) por fin podrá entrar en vigor, luego de que fuera suspendida indefinidamente por los jueces Rodrigo de la Peza y Juan Pablo Gómez Fierro.

Este jueves, el diario Reforma publicó que Tribunales Federales han dictado las primeras sentencias inapelables que le permitirán a dicha legislación entrar en funciones.

Los dos tribunales Colegiados Especializados en Competencia Económica, coincidieron en que la reforma publicada el 4 de mayo no causa perjuicios por su sola entrada en vigor, sino que se requieren actos de las autoridades para poder impugnarla.

El Segundo Tribunal ordenó por unanimidad desechar cinco amparos de empresas privadas, por notoria improcedencia. En sesiones del 2 y 9 de septiembre, este tribunal ya había desechado al menos ocho amparos similares, de empresas como Process Fuel, Distribuidora de Combustibles SMG y Marlo Industrias.

El juez Juan Pablo Gómez Fierro. Foto: Especial

Por su parte, el Primer Tribunal revocó desde el 9 de septiembre una de las cientos de suspensiones con efectos generales concedidas por Gómez Fierro contra los artículos 57, así como cuarto y sexto transitorios, de la reforma del 4 de mayo a la LHI.

Estas sentencias son las primeras de varias miles que se tendrán que dictar para desechar amparos o revocar suspensiones, pues todos los permisionarios de hidrocarburos se han amparado, y ha sido tal la carga de trabajo, que los jueces siguen admitiendo demandas.

El artículo 57 de la LHI, reformado por iniciativa del Ejecutivo, faculta al Gobierno para llevar a cabo la “ocupación temporal, la intervención o la suspensión” de cualquier permiso, así como a contratar a Pemex para tomar control de las instalaciones y mantener la operación.

Los transitorios, en tanto, permiten revocar los permisos que, al 4 de mayo, no cumplieran los requisitos de almacenamiento de hidrocarburos ordenados por la Secretaría de Energía, y en general, los que no cumplan cualquier otro requisito.

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“(Las normas) no causan afectación por su sola vigencia, son infracciones y la sanción correspondiente, con la posibilidad de revocar y suspender permisos, también requisitos para los permisos, y conforme a criterios de la Suprema Corte, son hipótesis normativas que no causan perjuicio por su sola vigencia, están condicionadas al actuar de la propia quejosa y de la autoridad”, explicó este jueves el Magistrado Rodrigo Zerón, del Segundo Tribunal.

Además de la reforma del 4 de mayo a la LHI, los jueces también suspendieron la legislación  publicada el 19 de mayo, por la cual el Congreso pretendió eliminar las medidas asimétricas impuestas a Pemex, que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) tuvo que reinstaurar.

En julio, los dos tribunales empezaron a revocar las alrededor de 260 suspensiones que De la Peza y Gómez concedieron contra la reforma la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), que da preferencia a la CFE sobre empresas privadas, justo con el argumento de que aún no causan perjuicio a estas últimas.

Los tribunales ya han anulado al menos 25 de esas suspensiones, y es probable que para finales de año, la reforma a la LIE podrá entrar en vigor, aunque seguirá pendiente que se resuelva su constitucionalidad.

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